Resolución de Presidencia N.° D000054-2023-CONADIS-PRE

1 de junio de 2023

Artículo 1.- Reconformar, el Equipo Técnico encargado de la elaboración del Análisis de Calidad Regulatoria (ACR) de los Procedimientos Administrativos del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, el mismo que estará integrado por:
El/la Gerente General, quien lo preside;
El/la Director/a de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, quien actúa como Secretario/a Técnico/a;
El/la representante de la Oficina de Asesoría Jurídica, quien actúa como especialista legal;
El/la representante de la Oficina de Administración, quien actúa como especialista en Metodologías de costeo;
El/la representante de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, quien actúa como especialista en modernización;
El/la representante del órgano responsable de crear o modificar procedimientos administrativos o aquellos que ingresan al ciclo de revisión.

Articulo 2.- Responsabilidad del Equipo Técnico del ACR del CONADIS

El Equipo Técnico del ACR del CONADIS aplicará el Análisis de Calidad Regulatoria a los Procedimientos Administrativos del Consejo Nacional Para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1310 que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1448; el Reglamento para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria de los procedimientos establecidos en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, aprobado por el Decreto Supremo Nº 061- 2019-PCM; y el Manual para la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria aprobado por la Resolución Ministerial Nº 196-2017-PCM.

Articulo 3.- Plazo para la acreditación de representantes e instalación del equipo técnico del ACR de CONADIS
Dentro del plazo de cinco (05) días hábiles siguientes a la expedición de la presente Resolución, las unidades de organización integrantes del Equipo Técnico del ACR del CONADIS acreditarán a sus representantes. Vencido el plazo, el equipo Técnico deberá instalarse inmediatamente.

Articulo 4.- Responsabilidad del Secretario Técnico del Equipo Técnico de ACR del CONADIS
El/la Secretario/a Técnico/a del Equipo Técnico del ACR del CONADIS conduce las reuniones en el marco de la aplicación del Análisis de Calidad Regulatoria a los Procedimientos Administrativos del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS e informa a la Gerencia General sobre los avances respectivos.

Articulo 5.- Dejar sin efecto, la Resolución de Presidencia N° 003-2018- CONADIS/PRE de fecha 10 de enero de 2018.

Artículo 6.- Notificar la presente Resolución a cada uno de los miembros del Equipo Técnico señalados en el artículo 1° para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 7.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la entidad (www.gob.pe/mimp/conadis).
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RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° D000054-2023-CONADIS-PRE

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