Resolución de Presidencia N.° D000145-2022-CONADIS-PRE

3 de noviembre de 2022

Artículo 1.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Gobierno Regional Lambayeque contra la Resolución Directoral N° D000052-2022-CONADIS/DFS, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Sub Directoral N° 041-2022-CONADIS/DFS/SDIS de fecha 29 de abril de 2022 y de la Resolución Directoral N° D000052-2022-CONADIS-DFS de fecha 21 de septiembre de 2022, al haberse vulnerado el principio de non bis in idem, contemplado en el numeral 11 del artículo 248 del TUO de la LPAG y conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Artículo 3.- DAR POR AGOTADA LA VIA ADMINISTRATIVA, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.

Artículo 4.- DISPONER la remisión de la presente Resolución a la Unidad de Recursos Humanos, para conocimiento y fines pertinentes; y, a la Secretaría Técnica de las Autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario, para el deslinde de responsabilidades correspondiente.

Artículo 5.- NOTIFICAR la presente resolución al Gobierno Regional Lambayeque en su domicilio real y procesal consignados en el recurso de apelación.

Artículo 6.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/mimp/conadis).

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Sanción

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