Resolución de Presidencia N.° D000003-2022-CONADIS-PRE
4 de enero de 2022
Artículo 1.- Aprobar
La Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2022 del Pliego 345: Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), hasta por la suma de S/ 110,562.00 (CIENTO DIEZ MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON 00/100 SOLES) a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General de la República, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa correspondiente a los periodos 2020-2021-2022.
Artículo 2.- Aprobar
El pago al Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General de la República, por el concepto del 6% de derecho de designación de SOA, de los periodos 2020-2021-2022, con cargo al Presupuesto Institucional 2022 del Pliego 345: Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, por la suma de 5,622.00 (CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS CON 00/100 SOLES).
Artículo 3.- Financiamiento
La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá de la siguiente manera:
FF CADENA FUNCIONAL PROGRAMATICA ESPECIFICA DE GASTOS IMPORTE
1RO 9001.3999999.5000003.23.006.0008.00003 2.4.13.1.1 AOTRAS S/.110,562.00
UNIDADES DEL
GOBIERNO NACIONAL
El pago del 6% de designación autorizada en el artículo 2 de la presente resolución se atenderá de la siguiente manera:
FF CADENA FUNCIONAL PROGRAMATICA ESPECIFICA DE GASTOS IMPORTE
1RO 9001.3999999.5000003.23.006.0008.00003 2.5.41.21 DERECHOS S/. 5,622.00
ADMINISTRATIVOS
Artículo 3.- Acciones administrativas
La Oficina de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución;
asimismo, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, para los cuales se realiza la presente transferencia financiera.
Artículo 4.- Limitación al uso de recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) (www.gob.pe/mimp/conadis)
La Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2022 del Pliego 345: Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), hasta por la suma de S/ 110,562.00 (CIENTO DIEZ MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON 00/100 SOLES) a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General de la República, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa correspondiente a los periodos 2020-2021-2022.
Artículo 2.- Aprobar
El pago al Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General de la República, por el concepto del 6% de derecho de designación de SOA, de los periodos 2020-2021-2022, con cargo al Presupuesto Institucional 2022 del Pliego 345: Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, por la suma de 5,622.00 (CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS CON 00/100 SOLES).
Artículo 3.- Financiamiento
La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá de la siguiente manera:
FF CADENA FUNCIONAL PROGRAMATICA ESPECIFICA DE GASTOS IMPORTE
1RO 9001.3999999.5000003.23.006.0008.00003 2.4.13.1.1 AOTRAS S/.110,562.00
UNIDADES DEL
GOBIERNO NACIONAL
El pago del 6% de designación autorizada en el artículo 2 de la presente resolución se atenderá de la siguiente manera:
FF CADENA FUNCIONAL PROGRAMATICA ESPECIFICA DE GASTOS IMPORTE
1RO 9001.3999999.5000003.23.006.0008.00003 2.5.41.21 DERECHOS S/. 5,622.00
ADMINISTRATIVOS
Artículo 3.- Acciones administrativas
La Oficina de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución;
asimismo, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, para los cuales se realiza la presente transferencia financiera.
Artículo 4.- Limitación al uso de recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) (www.gob.pe/mimp/conadis)