Resolución de Presidencia N.° D000028-2021-CONADIS-PRE
10 de noviembre de 2021
Artículo 1.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC contra la Resolución Directoral N° 105-2021-CONADIS/DFS, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia, confirmar todos los extremos de dicha Resolución.
Artículo 2.- DECLARAR agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de
Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución al Programa Nacional de
Becas y Crédito Educativo – PRONABEC. en su domicilio legal.
Artículo 2.- DECLARAR agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de
Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución al Programa Nacional de
Becas y Crédito Educativo – PRONABEC. en su domicilio legal.