Resolución de Secretaría General N.° 037-2021-CONADIS/RSG

5 de agosto de 2021

Artículo 1.- CREASE, el Equipo de Trabajo encargado de elaborar el Plan de Acción que permitirá poner en funcionamiento “El Centro Único de Atención de las Personas con Discapacidad de los diversos servicios que brinda el CONADIS”, así como la adopción de acciones necesarias para la implementación física y administrativa del referido Centro, a ubicarse en la sede de la Av. Arequipa Nº 375 - Santa Beatriz – Lima. 
Artículo 2.- El Equipo de Trabajo, constituido en el artículo precedente, está conformado por los representantes siguientes: - El Secretario General o su representante, quien lo preside. - El Director de la Dirección de Investigación y Registro o su representante. - El Director de la Dirección de Políticas en Discapacidad o su representante. - El Director de la Dirección de Promoción y Desarrollo Social o su representante. - El Director de la Dirección de Fiscalización y Sanciones o su representante. - El Coordinador de la Unidad Funcional de Trámite Documentario, Archivo y Atención al Ciudadano “Red Alivia Perú” o su representante, quien actúa como Secretario Técnico - La Coordinadora de la Unidad Funcional de Cooperación Técnica o su representante.
 Artículo 3.- El Equipo de Trabajo desarrolla las actividades siguientes: a) Propone los servicios a brindar en el Centro Único de Atención de las Personas con Discapacidad. b) Plantea otros servicios a ser incorporados en el referido Centro, de manera presencial y/o virtual, que correspondan a otras entidades aliadas al CONADIS, a través de convenios, acuerdos u otros. c) Propone la distribución de los ambientes del local principal del CONADIS, para la presentación de los servicios que se brindan a través del citado Centro. d) Dispone la distribución del mobiliario, equipos y/o trabajos de acondicionamiento que son necesarios para la puesta en marcha de los servicios a implementar. e) Otros que el Equipo de Trabajo considere necesarios. 
Artículo 4.- DISPONER, que el Equipo de Trabajo, cumpla con lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución en el plazo máximo de 20 días calendario, debiendo remitir un informe ejecutivo a la Secretaría General con el cual dé cuenta de las actividades desarrolladas, bajo responsabilidad. 
Artículo 5.- Los Directores de las Oficinas de Administración, Asesoría Jurídica y el Coordinador de la Unidad Funcional de Comunicaciones del CONADIS, deben brindar el apoyo técnico y facilidades a los integrantes del citado Equipo de Trabajo, para el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad. 
Artículo 6.- Notificar, la presente Resolución a los integrantes que conforman el Equipo de Trabajo. 
Artículo 7.- Disponer, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.conadisperu.gob.pe). 

Documentos

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