Resolución de Presidencia N.° 046-2021-CONADIS/PRE

14 de julio de 2021

Artículo 1.- APROBACIÓN Y DESIGNACIÓN
APROBAR, la Comisión de Depuración y Sinceramiento Contable en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), de naturaleza única, designándose como sus integrantes a los trabajadores que se indica a continuación:
INTEGRANTES
Juan Manuel Franco D’Alfonso
Presidente
Walter Ulises Lázaro Villar
Miembro
Gustavo Albújar Paico
Miembro
Un (1) representante designado por el Jefe del Órgano de Control Institucional
Veedor
Artículo 2.- OBJETO DE LA COMISIÓN DE DEPURACIÓN Y SINCERAMIENTO CONTABLE
La Comisión de Depuración y Sinceramiento Contable del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad tiene como objeto elaborar, ejecutar y monitorear el Plan de Depuración y Sinceramiento (PDS), preparar los informes de resultados de avances y el Informe Final para la aprobación del Titular de la Entidad de acuerdo a lo establecido en la Directiva N° 003-2021-EF-51.01 “Lineamientos Administrativos para la Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativa No Financieras que Administren Recursos Públicos”.
Artículo 3.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE DEPURACIÓN Y SINCERAMIENTO CONTABLE
DISPONER, que son funciones de la Comisión de Depuración y Sinceramiento Contable del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, las siguientes:
a) Disponer de las acciones para la identificación de las cuentas contables objeto de depuración y sinceramiento contable.
b) Elaborar el Plan de Depuración y Sinceramiento, en base a las cuentas contables previamente identificadas.
c) Solicitar a las áreas relacionadas de la Entidad, la información necesaria para llevar a cabo el proceso de depuración y sinceramiento contable.
d) Gestionar la búsqueda exhaustiva de evidencia documental interna y externa, que le permita sustentar el estado de cada cuenta contable que es objeto de depuración y sinceramiento, seleccionando aquella evidencia, sea física o electrónica, que sustente la naturaleza del registro contable y que se incluya en el expediente de depuración y sinceramiento contable.
e) Aplicar procedimientos que permitan la reconstrucción de saldos, utilizando mecanismos como la comprobación por circularizaciones o similares, en los casos en que no se disponga de evidencia de los saldos contables.
f) Proponer la ejecución de procedimientos administrativos y contables, a partir del estudio y evaluación de la información acopiada, orientados a la depuración y sinceramiento contable.
g) Adoptar los acuerdos por mayoría simple con fines de la depuración y sinceramiento contable, los que deben quedar establecidos en las respectivas actas de reunión.
h) Documentar las actividades y resultados del proceso de depuración y sinceramiento contable, como sustento del registro y demostración del efecto en los estados financieros.
i) Reportar los avances del plan de depuración y sinceramiento de los saldos contables a la Comisión Central, cuando se trate de las Comisiones Funcionales.
j) Presentar los resultados de los avances de la depuración y sinceramiento contable a la Dirección General de Contabilidad Pública, a cargo del Presidente.
k) Otras funciones establecidas en las Normas de Depuración y Sinceramiento.
Artículo 4.- PLAZO
DISPONER, que la Comisión de Depuración y Sinceramiento Contable del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad tiene vigencia mientras se lleve a cabo el proceso de Depuración y Sinceramiento Contable, según los plazos que establezca la Dirección General de Contabilidad Pública.
Artículo 5.- NOTIFICACIÓN
NOTIFICAR, la presente a la Resolución a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, el Órgano de Control Institucional del CONADIS y a los integrantes de la Comisión, para su conocimiento y fines.
Artículo 6.- PUBLICACIÓN
DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Entidad (www.gob.pe/mimp/conadis)
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