Resolución Ministerial N.° 156-2021-MIMP
10 de junio de 2021
Disponen publicar proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Protocolo para atender las solicitudes de ajustes razonables para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad
Artículo 1.- Publicación Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Protocolo para atender las solicitudes de ajustes razonables para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad y su anexo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www.gob.pe/mimp) y en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - Conadis (www.gob.pe/conadis), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.
Artículo 2.- Plazo Establecer un plazo de treinta (30) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recibir aportes, sugerencias, comentarios y/o recomendaciones, por parte de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas.
Artículo 3.- Presentación Los aportes, sugerencias, comentarios y/o recomendaciones podrán ser presentados en la Mesa de Partes Virtual del Conadis (mesadepartes@conadisperu. gob.pe), o a través de la dirección electrónica: derechodeconsulta@conadisperu.gob.pe.
Artículo 4.- Responsable Encargar a la Dirección de Políticas en Discapacidad del Conadis, el recibir, procesar y sistematizar los aportes, sugerencias, comentarios y/o recomendaciones que se presenten con relación al Protocolo para atender las solicitudes de ajustes razonables para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.
Artículo 1.- Publicación Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Protocolo para atender las solicitudes de ajustes razonables para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad y su anexo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www.gob.pe/mimp) y en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - Conadis (www.gob.pe/conadis), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.
Artículo 2.- Plazo Establecer un plazo de treinta (30) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recibir aportes, sugerencias, comentarios y/o recomendaciones, por parte de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas.
Artículo 3.- Presentación Los aportes, sugerencias, comentarios y/o recomendaciones podrán ser presentados en la Mesa de Partes Virtual del Conadis (mesadepartes@conadisperu. gob.pe), o a través de la dirección electrónica: derechodeconsulta@conadisperu.gob.pe.
Artículo 4.- Responsable Encargar a la Dirección de Políticas en Discapacidad del Conadis, el recibir, procesar y sistematizar los aportes, sugerencias, comentarios y/o recomendaciones que se presenten con relación al Protocolo para atender las solicitudes de ajustes razonables para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.