Resolución Administrativa N.° 025-2021-CONADIS/OAD
27 de mayo de 2021
Artículo 1.- RECTIFICAR, el error material contenido en el Décimo Octavo, Décimo Noveno Considerandos y en el artículo 1 de la Resolución Administrativa N° 021-2021-CONADIS/OAD de fecha 18 de mayo de 2021, en los términos mencionados en la presente Resolución.
Artículo 2.- Las rectificaciones establecidas en el Décimo Octavo y Décimo Noveno Considerandos y en el artículo 1 tienen eficacia a partir de la fecha de emisión de la Resolución Administrativa N° 021-2021- CONADIS/OAD.
Artículo 2.- Las rectificaciones establecidas en el Décimo Octavo y Décimo Noveno Considerandos y en el artículo 1 tienen eficacia a partir de la fecha de emisión de la Resolución Administrativa N° 021-2021- CONADIS/OAD.