Resolución de Presidencia N.° 100-2020-CONADIS/PRE
18 de noviembre de 2020
Artículo 1.- Crease el Equipo de Trabajo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), que se encargará de revisar y evaluar la funcionalidad de los convenios suscritos por la entidad.
Artículo 2.- El Equipo de Trabajo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), estará conformado por los funcionarios y servidores siguientes:
- Un representante de la Secretaría General del CONADIS, quien lo presidirá.
- Un representante de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quien actuará como secretario/a técnica.
- Un representante de la Dirección de Políticas en Discapacidad.
- Un representante de la Dirección de Promoción y Desarrollo Social.
- Un representante de la Dirección de Investigación y Registro.
- Un representante de la Dirección de Fiscalización y Sanciones.
- Un representante de la Oficina de Asesoría Jurídica.
Artículo 2.- El Equipo de Trabajo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), estará conformado por los funcionarios y servidores siguientes:
- Un representante de la Secretaría General del CONADIS, quien lo presidirá.
- Un representante de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quien actuará como secretario/a técnica.
- Un representante de la Dirección de Políticas en Discapacidad.
- Un representante de la Dirección de Promoción y Desarrollo Social.
- Un representante de la Dirección de Investigación y Registro.
- Un representante de la Dirección de Fiscalización y Sanciones.
- Un representante de la Oficina de Asesoría Jurídica.