Resolución de Presidencia N.° 085-2020-CONADIS/PRE
16 de octubre de 2020
Artículo 1.- Crease el Equipo de Trabajo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), que se encargará de realizar la identificación, diagnóstico, revisión de la funcionalidad de las comisiones y grupos, equipos de trabajo conformados al interior y exterior de la entidad.
Artículo 2.- El Equipo de Trabajo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), estará conformado por los funcionarios y servidores siguientes:
- Un representante de la Secretaría General, quien lo presidirá.
- Un representante de la Oficina de Asesoría Jurídica (quien actuará como secretario técnico).
- Un representante de la Dirección de Políticas en Discapacidad.
- Un representante de la Dirección de Promoción y Desarrollo Social.
- Un representante de la Dirección de Investigación y Registro.
- Un representante de la Dirección de Fiscalización y Sanciones.
- Un representante de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
- Un representante de la Oficina de Administración.
Artículo 2.- El Equipo de Trabajo del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), estará conformado por los funcionarios y servidores siguientes:
- Un representante de la Secretaría General, quien lo presidirá.
- Un representante de la Oficina de Asesoría Jurídica (quien actuará como secretario técnico).
- Un representante de la Dirección de Políticas en Discapacidad.
- Un representante de la Dirección de Promoción y Desarrollo Social.
- Un representante de la Dirección de Investigación y Registro.
- Un representante de la Dirección de Fiscalización y Sanciones.
- Un representante de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
- Un representante de la Oficina de Administración.