Descuento en el ingreso a actividades culturales, deportivas y recreativas - Informe Técnico Vinculante N° D000002-2023-CONADIS-DPI

Informe

28 de marzo de 2023

Interpretación del artículo 44 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y definición de alcances en relación con la aplicación del descuento en el ingreso a actividades deportivas, culturales y recreativas por parte de las Entidades Privadas a favor de las personas con discapacidad. 

Conclusiones:

1. Las personas con discapacidad tienen el derecho de participar en igualdad de condiciones en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte, así como de ser parte activas de estas, siendo que es fundamental para garantizar su plena ciudadanía y su desarrollo humano. 

2. Las entidades privadas y públicas deben considerar el cumplimiento de los principios de no discriminación, participación e inclusión plena y efectiva en la sociedad y accesibilidad. 

3. El derecho a la participación en el deporte implica, por un lado, el acceso a instalaciones deportivas, a una formación adecuada en estas y a la implementación de tecnología asistiva (TA) y, por otro lado, a participar en actividades físicas y deportivas en igualdad de condiciones. Asimismo, la participación en la vida cultural puede incluir diversas formas de manifestaciones artísticas, como la música, la literatura, la pintura, el cine, el teatro, entre otras, y también puede involucrar la asistencia a eventos culturales, museos, bibliotecas y otros espacios culturales. De manera complementaria, la participación en actividades recreativas incluye actividades de ocio, diversión y entretenimiento que se realizan con el objetivo de disfrutar y descansar. 

4. Los establecimientos que deben cumplir con el artículo 44 son los siguientes: bajo la actividad deporte: centros deportivos, piscinas, canchas deportivas, campamentos deportivos, entre otros; bajo la actividad cultural: museos, galerías, teatros, cines, bibliotecas, festivales de arte y música, entre otros; bajo la actividad recreación: parques, playas, centros de entretenimiento, lugares turísticos, parques de atracción, cines, entre otros. Es importante destacar que esta lista no es exhaustiva, sino más bien una lista abierta.

Esta publicación pertenece al compendio Colección de informes técnicos vinculantes

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