Alcances de la Directiva de Consulta - Informe Técnico Vinculante Nº000005-2022-DPI
Informe
3 de enero de 2023
- Las entidades públicas deben promover espacios de co-creación durante la elaboración de la propuesta normativa y previo al inicio de un proceso de consulta, para identificar las necesidades y expectativas de las personas con discapacidad, así como las barreras que enfrentan.
- Cualquier propuesta normativa que expanda o altere las relaciones entre el Estado y las personas con discapacidad, en términos de trámites, reconocimientos, beneficios, bienes o servicios, se considera que tiene un impacto directo en los derechos de este grupo poblacional y debe someterse a consulta.
- Las propuestas normativas que no tienen un impacto directo ni indirecto en los derechos de las personas con discapacidad y por tanto no deben someterse a un proceso de consulta son aquellas normas de naturaleza procedimental o de gestión interna.
- El Conadis realiza el seguimiento concurrente y posterior de los procesos de consulta, y brinda la asistencia técnica y realiza el acompañamiento respectivo a las entidades proponentes.
Esta publicación pertenece al compendio Colección de informes técnicos vinculantes