Discriminación en universidades - Informe Técnico Vinculante Nº000003-2022-DPD
Informe
4 de julio de 2022
- Las universidades públicas y privadas deben asegurar las condiciones de accesibilidad en el servicio educativo para permitir que los estudiantes con discapacidad reciban educación superior de calidad en igualdad de condiciones que los demás, con la mayor autonomía posible.
- Las universidades públicas y privadas deben identificar las necesidades de sus estudiantes con discapacidad durante la matrícula para que, antes del inicio de clases se realicen las adecuaciones que correspondan y evitar la generación de barreras físicas, comunicacionales, actitudinales e institucionales.
- Las universidades públicas y privadas deben contar con profesores (docentes y pre docentes) capacitados para un adecuado dictado de clases para las y los estudiantes con discapacidad.
- Las universidades públicas y privadas deben otorgar ajustes razonables en las clases, los exámenes, los trabajos complementarios, las actividades extracurriculares, entre otras para que las y los estudiantes con discapacidad puedan aprender las materias en igualdad de condiciones que los demás.
- Las universidades públicas y privadas deben eliminar las acciones de maltrato, prejuicios y estereotipos hacia las y los estudiantes con discapacidad. Para hacerlo, se deben realizar actividades de toma de conciencia que garanticen el trato adecuado basado en el respeto de los derechos de las personas con discapacidad y que el campus universitario sea un espacio inclusivo.
Esta publicación pertenece al compendio Colección de informes técnicos vinculantes