Elección de los representantes de los gremios ante los Directorios de los NEC
Nota de prensaElección de los representantes de los gremios ante los Directorios de los NEC, en el marco del Decreto Legislativo N° 1414
Resolución Directoral Ejecutiva Nº 00005-2025-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ

13 de mayo de 2025 - 4:02 p. m.
a) Antecedentes
El Ministerio de la Producción (PRODUCE), según el Decreto Legislativo N° 1414, puede crear Núcleos Ejecutores de Compras (NEC) para facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas (MYPE) a las compras públicas. Esta iniciativa es ejecutada por el Programa Nacional Compras a MYPErú, creado en junio de 2021 mediante el D.S. N° 013-2021.
b) ¿Qué son los NEC?
Los Núcleos Ejecutores de Compras son entidades permanentes conformadas por resolución ministerial. Tienen personería jurídica y pueden firmar contratos, participar en procedimientos administrativos y judiciales. Existen NEC específicos para sectores como muebles, cuero y calzado, textil-confecciones y metalmecánica, creados mediante resoluciones ministeriales en 2022.
Cada NEC está integrado por:
- Un/a representante de PRODUCE (preside y representa legalmente).
- Un/a representante de INACAL.
- Dos representantes de los gremios MYPE del sector correspondiente.
- Un/a representante de la entidad compradora.
El Directorio del NEC se encarga de aprobar convenios, contratos, planes de compra, procesos de difusión y selección, entre otras funciones operativas y de supervisión.
Los representantes MYPE se eligen por un período de 2 años y participan en las reuniones con voz, pero sin voto.
c) Marco normativo
Las normas clave que sustentan estos procesos incluyen:
- Ley N° 29271 y D.L. N° 1047: competencias del PRODUCE sobre MYPE.
- D.L. N° 1414 y su reglamento aprobado por D.S. N° 004-2019 y modificado por D.S. N° 007-2023-PRODUCE.
- D.S. N° 013-2021-PRODUCE: creación del Programa Compras a MYPErú.
- R.M. N° 201-2021-PRODUCE: manual de operaciones del Programa.
II. PROCESO ELECTORAL 2025
a) Definición
Se trata del procedimiento de elección de representantes de gremios MYPE en los NEC de los sectores productivos definidos, conforme al D.L. N° 1414 y su reglamento. La Resolución Directoral Ejecutiva N° 005-2025 aprobó la conformación del Comité Electoral y el procedimiento de elección.
b) Objetivo
Seleccionar a los representantes de los gremios MYPE de los sectores:
- Muebles y derivados (madera, plástico, etc.)
- Metalmecánica
- Textil – Confecciones
- Cuero y calzado
c) Finalidad
Asegurar que el proceso electoral se realice conforme a la normativa vigente, garantizando transparencia y legalidad.
d) Ámbitos del proceso
Las elecciones se llevarán a cabo para cada uno de los sectores productivos antes mencionados.
e) Documentación
Incluye resoluciones, procedimientos y formatos como:
- Formularios de inscripción (para asociaciones inscritas o no en RENAMYPE),
- Solicitudes de candidaturas,
- Documentos para interposición y respuesta a tachas,
- Formato de aceptación para designación por invitación.
f) Actas relevantes
- Acta 1: Instalación del Comité Electoral y aprobación del cronograma de elecciones.
- Acta 2: Suspensión del cronograma hasta aprobar una nueva versión del procedimiento electoral.
g) Fecha, horario y modalidad
- Fecha: Por definir el Comité Electoral.
- Horario: De 09:00 a 15:00 h.
- Modalidad: Elecciones virtuales a través de Internet.
- Para mayor información ingresar a: https://www.gob.pe/institucion/produce/campa%C3%B1as/102663-eleccion-de-los-representantes-de-los-gremios-ante-los-directorios-de-los-nec