COFOPRI evaluará situación de viviendas afectadas por huaicos y lluvias
Nota de prensa
Fotos: Unidad de Imagen Institucional
17 de marzo de 2017 - 11:11 a. m.
En el marco del Decreto de Urgencia aprobado por Ejecutivo, que contiene medidas extraordinarias en materia económica y financiera que permitan intervenir de manera inmediata en las zonas declaradas en estado de emergencia, el ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de COFOPRI, realizará la evaluación de las viviendas que han resultado dañadas por las lluvias y huaicos.
En conferencia de prensa encabezada por el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, el ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Thorne, señaló que este conjunto de medidas están orientadas a la ejecución de actividades y proyectos de rehabilitación y reconstrucción de infraestructura pública, así como al mantenimiento preventivo e inversiones mínimas en la infraestructura ya existente.
En ese sentido se ha dispuesto la atención prioritaria a la población damnificada a causa de las emergencias, cuya vivienda se encuentre colapsada o inhabitable. El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento podrá adquirir bienes y servicios para la entrega de Módulos Temporales de Vivienda.
También se reubicará a los damnificados que se ubiquen en zonas de alto riesgo no mitigable para lo cual se les otorgará un Bono Familiar Habitacional (BFH) en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva.
Asimismo, se reconstruirá la vivienda de damnificados que se ubiquen en zona de riesgo mitigable, para lo cual se les otorgará un BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio. Para cumplir este objetivo las brigadas de COFOPRI harán el diagnóstico de las viviendas que hayan resultado afectadas por los embates de la naturaleza para determinar su situación.
Lo que señala el artículo 13 del Decreto de Urgencia es lo siguiente:
"Dispóngase que el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI podrá efectuar el levantamiento de información de las viviendas afectadas, colapsadas e inhabitables y el catastro de daños en las zonas declaradas de emergencia, realizando la identificación de la ocupación de los titulares y/u ocupantes de las viviendas y demás predios de dichas zonas, emitiendo el Informe de catastro de daños con datos sobre la titularidad o dominio de predio y la situación física. Para tal efecto, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento queda autorizado a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de COFOPRI, las cuales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a propuesta de este último. Asimismo, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento queda exonerado de lo establecido en el artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto."
El Decreto de Urgencia autoriza la incorporación de recursos vía crédito suplementario en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2017 hasta por S/. 4 400 millones. Se transfiere además S/, 100 000 en el presupuesto institucional de cada gobierno local que se encuentre en zonas declaradas en estado de emergencia.