Resolución de la Oficina de Administración N.° 485-2025-COFOPRI/OA
30 de diciembre de 2025
Artículo 1. RECONOCER el monto por concepto de enriquecimiento sin causa a favor de la Compañía Internacional de Servicio A 182 S.A.C., por el monto de S/ 21,111.18 (Veintiún mil ciento once con 18/100 soles), correspondiente al «Servicio de seguridad y vigilancia en la Oficina Zonal Huancavelica», brindado durante período comprendido del 25 de setiembre de 2024 al 29 de octubre de 2024, conforme a lo establecido en el artículo 1954 del Código Civil.
Artículo 2. AUTORIZAR a las Unidades de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración a proceder con el trámite de pago reconocido en el artículo precedente.
Artículo 3. REMITIR copia de la presente resolución a las Unidades de Abastecimiento, Tesorería y Contabilidad, para los fines pertinentes.
Artículo 4. ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento la notificación de la presente resolución a la a la Compañía Internacional de Servicio A 182 S.A.C.
Artículo 5. ENCARGAR a la Unidad de Recursos Humanos que a través de la Secretaría Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios se efectúe el deslinde de responsabilidad a que hubiere lugar por los hechos que motivaron el reconocimiento por concepto de enriquecimiento sin causa de la presente resolución.
Artículo 2. AUTORIZAR a las Unidades de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración a proceder con el trámite de pago reconocido en el artículo precedente.
Artículo 3. REMITIR copia de la presente resolución a las Unidades de Abastecimiento, Tesorería y Contabilidad, para los fines pertinentes.
Artículo 4. ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento la notificación de la presente resolución a la a la Compañía Internacional de Servicio A 182 S.A.C.
Artículo 5. ENCARGAR a la Unidad de Recursos Humanos que a través de la Secretaría Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios se efectúe el deslinde de responsabilidad a que hubiere lugar por los hechos que motivaron el reconocimiento por concepto de enriquecimiento sin causa de la presente resolución.
