Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 103-2025-COFOPRI/DE
28 de noviembre de 2025
Artículo 1. Declarar la lesividad del título de propiedad emitido el 09 de diciembre de 2020 a favor de los señores Raúl Gumercindo Inga Sotelo, Ida Delia Núñez Borja, Aida Teodolinda Inga de Miguel, Julio Cirilo Miguel Contreras y Carmen Ela Inga de Salazar, respecto del lote 13 de la manzana G3 del Centro Poblado San Jerónimo de Tunán Sector 1, ubicado en el distrito de San Jerónimo de Tunán, provincia de Huancayo, departamento de Junín, signado con código de predio P16018151, conforme a los fundamentos contenidos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2. Encargar a la Procuradora Pública del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI ejecutar las acciones necesarias para el inicio del Proceso Contencioso Administrativo al que se hace referencia en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 3. Remitir los actuados a la Unidad de Recursos Humanos a fin de que, la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de COFOPRI, evalúe la presunta responsabilidad del personal que omitió remitir a la Subdirección de Calificación la impugnación presentada por el señor Raúl Gumercindo Inga Sotelo antes de emisión del título de propiedad del predio P16018151.
Artículo 2. Encargar a la Procuradora Pública del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI ejecutar las acciones necesarias para el inicio del Proceso Contencioso Administrativo al que se hace referencia en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 3. Remitir los actuados a la Unidad de Recursos Humanos a fin de que, la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de COFOPRI, evalúe la presunta responsabilidad del personal que omitió remitir a la Subdirección de Calificación la impugnación presentada por el señor Raúl Gumercindo Inga Sotelo antes de emisión del título de propiedad del predio P16018151.
