Resolución de la Oficina de Administración N.° 358-2025-COFOPRI/OA
3 de setiembre de 2025
Artículo 1. APROBAR la disposición final mediante acto de eliminación de los registros pertinentes de diecisiete (17) bienes intangibles (software), descritos en el Anexo N° 01 del Informe Técnico N° D000058-COFOPRI-UABAS-ABB de 22 de agosto de 2025, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2. DISPONER que la Unidad de Abastecimiento, la Unidad de Contabilidad y la Oficina de Sistemas, en un plazo que no exceda los siete (7) días hábiles de comunicada la presente resolución, procedan a realizar los actos que correspondan, con la finalidad de que los bienes muebles dados de baja sean excluidos de los registros pertinentes.
Artículo 3. NOTIFICAR, la presente Resolución a la Unidad de Abastecimiento, la Unidad de Contabilidad y la Oficina de Sistemas, para las acciones administrativas que correspondan.
Artículo 4. ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento remitir copia de la presente Resolución Administrativa a la Dirección General de Abastecimiento – DGA del Ministerio de Economía y Finanzas –MEF, por medio físico o virtual.
Artículo 5. PUBLICAR la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).
Artículo 2. DISPONER que la Unidad de Abastecimiento, la Unidad de Contabilidad y la Oficina de Sistemas, en un plazo que no exceda los siete (7) días hábiles de comunicada la presente resolución, procedan a realizar los actos que correspondan, con la finalidad de que los bienes muebles dados de baja sean excluidos de los registros pertinentes.
Artículo 3. NOTIFICAR, la presente Resolución a la Unidad de Abastecimiento, la Unidad de Contabilidad y la Oficina de Sistemas, para las acciones administrativas que correspondan.
Artículo 4. ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento remitir copia de la presente Resolución Administrativa a la Dirección General de Abastecimiento – DGA del Ministerio de Economía y Finanzas –MEF, por medio físico o virtual.
Artículo 5. PUBLICAR la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).