Resolución de la Oficina de Administración N.° 334-2025-COFOPRI/OA
15 de agosto de 2025
Artículo 1. APROBAR la disposición final mediante la modalidad de donación de 468 (Cuatrocientos sesenta y ocho) bienes muebles patrimoniales, descritos en el Anexo N° 01 del Informe Técnico N° D049-COFOPRI-UABAS-ABB de 10 de julio de 2025 y ubicados en las Sedes de las Oficinas Zonales de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Ica, Junín, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno y Tacna, a favor de la Asociación “TRAPEROS DE EMAÚS AREQUIPA” identificada con RUC 20518122631, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2. APROBAR la disposición final mediante la modalidad de donación de 183 (Ciento ochenta y tres) bienes declarados como sobrantes e inoperativos, de los cuales no se cuenta con información de su ingreso a la Entidad por ende no es factible determinar su valor inicial y su
valor neto, descritos en el Anexo N° 02 del Informe Técnico N° D049-COFOPRI-UABAS-ABB de 10 de julio de 2025 y ubicados en las Sedes de las Oficinas Zonales Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Ica, Junín, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno y Tacna, a favor de la Asociación “TRAPEROS DE EMAÚS AREQUIPA” identificada con RUC 20518122631, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 3. DISPONER que la Unidad de Abastecimiento, lleve a cabo la disposición final en la modalidad de Donación de los bienes muebles señalados en el artículo primero de la presente resolución, para la culminación debe elaborar el Acta de entrega – recepción.
Artículo 4. NOTIFICAR, la presente Resolución a la Unidad de Abastecimiento – Control Patrimonial y a la Unidad de Contabilidad, para las acciones administrativas que correspondan.
Artículo 5. ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento remitir copia de la presente Resolución Administrativa a la Dirección General de Abastecimiento – DGA del Ministerio de Economía y Finanzas –MEF, por medio físico o virtual.
Artículo 6. PUBLICAR la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).
Artículo 2. APROBAR la disposición final mediante la modalidad de donación de 183 (Ciento ochenta y tres) bienes declarados como sobrantes e inoperativos, de los cuales no se cuenta con información de su ingreso a la Entidad por ende no es factible determinar su valor inicial y su
valor neto, descritos en el Anexo N° 02 del Informe Técnico N° D049-COFOPRI-UABAS-ABB de 10 de julio de 2025 y ubicados en las Sedes de las Oficinas Zonales Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Ica, Junín, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno y Tacna, a favor de la Asociación “TRAPEROS DE EMAÚS AREQUIPA” identificada con RUC 20518122631, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 3. DISPONER que la Unidad de Abastecimiento, lleve a cabo la disposición final en la modalidad de Donación de los bienes muebles señalados en el artículo primero de la presente resolución, para la culminación debe elaborar el Acta de entrega – recepción.
Artículo 4. NOTIFICAR, la presente Resolución a la Unidad de Abastecimiento – Control Patrimonial y a la Unidad de Contabilidad, para las acciones administrativas que correspondan.
Artículo 5. ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento remitir copia de la presente Resolución Administrativa a la Dirección General de Abastecimiento – DGA del Ministerio de Economía y Finanzas –MEF, por medio físico o virtual.
Artículo 6. PUBLICAR la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).