Resolución N.° 116-2024-COFOPRI-TAP
RESOLUCION DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD N° 116-2024-COFOPRI/TAP
30 de mayo de 2025
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar FUNDADA la queja por defectos de tramitación que suponen la paralización o infracción de plazos establecidos interpuesta por Toribio Mejía García, de conformidad con lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Oficina Zonal Huánuco cumpla con realizar a la brevedad posible las acciones señaladas en el fundamento 17 de la presente resolución y trámite el procedimiento administrativo materia de queja de acuerdo a ley.
ARTICULO TERCERO: REMITIR a la Secretaria Técnica de COFOPRI, copia de la queja y la presente resolución, según lo señalado en el fundamento 18 de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Oficina Zonal Huánuco cumpla con realizar a la brevedad posible las acciones señaladas en el fundamento 17 de la presente resolución y trámite el procedimiento administrativo materia de queja de acuerdo a ley.
ARTICULO TERCERO: REMITIR a la Secretaria Técnica de COFOPRI, copia de la queja y la presente resolución, según lo señalado en el fundamento 18 de la presente resolución.