Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 94-2023-TAP
Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N° 94-2023-TAP
11 de octubre de 2023
Art. 1.- Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por ERICA JUVELCY CÁCERES DURANGO contra la Resolución Jefatural N° D000059-2022- COFOPRI-OZIC emitida por la Oficina Zonal ica el 28 de junio de 2022, en el extremo que ésta se encuentra inmersa en causal de nulidad e, INFUNDADO EN PARTE en los demás extremos, por los fundamentos que sustentan la presente resolución.
Art. 2.- Declarar NULA la Resolución Jefatural N° D000059-2022-COFOPRI-OZIC emitida por la Oficina Zonal ica el 28 de junio de 2022 y, NULO todo lo actuado hasta la etapa de calificación, incluyendo el Informe N° el Informe N° D000109-2021-COFOPRI-OZIC-JVA del 23 de septiembre de 2021.
Art. 3.- Resolviendo el fondo del asunto, declarar IMPROCEDENTE la solicitud de declaración de propiedad mediante la prescripción adquisitiva de dominio presentada por ERICA JUVELCY CÁCERES DURANGO el 26 de junio de 2021. En consecuencia, DISPONER la devolución de la documentación presentada por la solicitante y realizar las gestiones respectivas para cancelar la anotación preventiva que generó la citada solicitud inscrita en la Partida N° P07095159.
Art. 4.- CARECE DE OBJETO pronunciarse por la oposición formulada por LUZ MARÍA QUISPE PALOMINO, de acuerdo con lo señalado en el fundamento 25 de la presente resolución.
Art. 5.- EXHORTAR a la Oficina Zonal Ica, a tener en cuenta lo señalado en elfundamento 27 del presente pronunciamiento.
Art. 2.- Declarar NULA la Resolución Jefatural N° D000059-2022-COFOPRI-OZIC emitida por la Oficina Zonal ica el 28 de junio de 2022 y, NULO todo lo actuado hasta la etapa de calificación, incluyendo el Informe N° el Informe N° D000109-2021-COFOPRI-OZIC-JVA del 23 de septiembre de 2021.
Art. 3.- Resolviendo el fondo del asunto, declarar IMPROCEDENTE la solicitud de declaración de propiedad mediante la prescripción adquisitiva de dominio presentada por ERICA JUVELCY CÁCERES DURANGO el 26 de junio de 2021. En consecuencia, DISPONER la devolución de la documentación presentada por la solicitante y realizar las gestiones respectivas para cancelar la anotación preventiva que generó la citada solicitud inscrita en la Partida N° P07095159.
Art. 4.- CARECE DE OBJETO pronunciarse por la oposición formulada por LUZ MARÍA QUISPE PALOMINO, de acuerdo con lo señalado en el fundamento 25 de la presente resolución.
Art. 5.- EXHORTAR a la Oficina Zonal Ica, a tener en cuenta lo señalado en elfundamento 27 del presente pronunciamiento.