Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 57-2023-TAP
Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N° 57-2023-TAP
5 de julio de 2023
Art. 1.- DECLARAR que el Tribunal Administrativo de la Propiedad se encuentra expedito para emitir la presente resolución, al no acreditarse el admisorio de la demanda contencioso administrativa en sede judicial interpuesta por Teófila Solano Vda. de Araujo, en virtud al acogimiento del silencio administrativo negativo, de acuerdo con lo señalado en el considerando 18 de la presente resolución.
Art. 2.- SUSPENDER el presente procedimiento de mejor derecho de posesión, respecto al "predio", hasta que concluya el proceso judicial descrito en el considerando 11 de la presente resolución, conforme a los fundamentos que sustentan la presente resolución y, en consecuencia, CARECE DE OBJETO pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto por Teófila Solano Vda. de Araujo contra la Resolución Jefatural N° D000020-2022-COFOPRI-OZAMAZ emitida por la Oficina Zonal Amazonas el 03 de julio de 2022, en esta etapa del procedimiento.
Art. 3.- REMITIR copia certificada de la presente resolución al Procurador Público de COFOPRI, de conformidad con lo señalado en el considerando 16 de la presente resolución.
Art. 2.- SUSPENDER el presente procedimiento de mejor derecho de posesión, respecto al "predio", hasta que concluya el proceso judicial descrito en el considerando 11 de la presente resolución, conforme a los fundamentos que sustentan la presente resolución y, en consecuencia, CARECE DE OBJETO pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto por Teófila Solano Vda. de Araujo contra la Resolución Jefatural N° D000020-2022-COFOPRI-OZAMAZ emitida por la Oficina Zonal Amazonas el 03 de julio de 2022, en esta etapa del procedimiento.
Art. 3.- REMITIR copia certificada de la presente resolución al Procurador Público de COFOPRI, de conformidad con lo señalado en el considerando 16 de la presente resolución.