Resolución de la Oficina de Administración N.° 116-2024-COFOPRI/OA

1 de julio de 2024

ARTÍCULO 1. APROBAR la baja física y contable por la causal de sustracción por pérdida de un (01) bien mueble patrimonial de código patrimonial 952269650658 y código interno N° 67762, con valor neto total de S/. 1.00 (Un nuevo sol con 00/100), cuyo detalle se presenta en el Anexo N° 01 que forma integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2. ACEPTAR la reposición de un (01) radio transmisor receptor; con valor de adquisición en S/. 290.00 (doscientos noventa con 00/100 soles), restituido por ex servidor CAS -Auxiliar en Topografía de la Zonal Cusco, señor Wilson Bastamente Gonzales, en reemplazo del bien mueble patrimonial sustraído por perdida, en el ámbito de la Oficina Zonal de Cusco, a que se hace referencia en el artículo 1 de la presente resolución. El detalle del bien se presenta en el Anexo N° 02 que forma integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3. APROBAR el alta del bien mueble patrimonial restituido, referido en el artículo precedente, mediante el registro patrimonial contable, teniendo en cuenta el valor y el detalle técnico descrito en el Anexo 02 de la presente resolución.

ARTÍCULO 4. DISPONER que la Unidad de Contabilidad y la Unidad de Abastecimiento, a través del Equipo de Control Patrimonial, realicen las acciones vinculadas a lo dispuesto en los artículos precedentes, conforme a sus competencias funcionales.

ARTÍCULO 5. DISPONER que la Unidad de Abastecimiento, a través del Equipo de Control Patrimonial, efectúe el registro en el Módulo patrimonio del SIGA MEF.

ARTÍCULO 6. ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento, a través del Equipo de Control Patrimonial, a poner de conocimiento la presente resolución a la Oficina Zonal de Cusco, Órgano de Control Institucional y la Dirección de Catastro. Así también, a la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas.

ARTÍCULO 7. ENCARGAR a la Unidad de Abastecimiento, a través del Equipo de Control Patrimonial, que remita los antecedentes a la Unidad de Recursos Humanos, para que a través de la Secretaría Técnica de apoyo de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de COFOPRI, realice las acciones necesarias para el deslinde de las responsabilidades que correspondan por la demora en la tramitación de la reposición del bien sustraído.

ARTÍCULO 8. PUBLICAR la presente resolución y su anexo en el portal Institucional delOrganismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).

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ROA Nº D000116-2024-OA

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