Resolución de la Oficina de Administración N.° 101-2024-COFOPRI/OA
12 de junio de 2024
Artículo 1. Aprobar la donación de cincuenta y siete (57) bienes muebles calificados como RAEE, con valor neto en S/ 10,169.36 (Diez mil ciento sesenta y nueve y 36/100 soles), cuyas descripciones y características se encuentran detalladas en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente resolución, a favor del Sistema de Manejo RAEE «RECICLA PERU S.A.C.» con RUC N° 20494328951.
Artículo 2. Disponer que la Unidad de Contabilidad y la Unidad de Abastecimiento realicen las acciones vinculadas a lo dispuesto en el artículo precedente, conforme a sus competencias funcionales.
Artículo 3. Encargar a la Unidad de Abastecimiento que a través del Equipo de Control Patrimonial efectúe las acciones correspondientes que aseguren el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; precisando que debe ser formalizada mediante la suscripción del Acta de Entrega – Recepción en señal de conformidad. Así, también, se le encarga la notificación de la presente resolución y su anexo al Sistema de Manejo RAEE «RECICLA PERU S.A.C.», en el plazo máximo de tres (03) días hábiles de emitida.
Artículo 4. Disponer que la Unidad de Abastecimiento a través del Equipo de Control Patrimonial notifique al Órgano de Control Institucional, en un plazo de tres (03) días hábiles, previos al acto de entrega de la donación, con la finalidad que pueda designar a un representante para que participe como veedor en el acto de entrega de la donación.
Artículo 5. Disponer que la Unidad de Abastecimiento, en el plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha en se suscribe el acta de entrega y recepción de los bienes RAEE donados, registre el número de resolución que aprueba la donación en el módulo de bienes muebles del SINABIP.
Artículo 6. Encargar a la Unidad de Abastecimiento a través del Equipo de Control Patrimonial que remita la presente resolución y su anexo a la Dirección General de Abastecimiento – DGA del Ministerio de Economía y Finanzas –MEF.
Artículo 7. Publicar la presente resolución y su anexo en el portal Institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).
Artículo 2. Disponer que la Unidad de Contabilidad y la Unidad de Abastecimiento realicen las acciones vinculadas a lo dispuesto en el artículo precedente, conforme a sus competencias funcionales.
Artículo 3. Encargar a la Unidad de Abastecimiento que a través del Equipo de Control Patrimonial efectúe las acciones correspondientes que aseguren el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; precisando que debe ser formalizada mediante la suscripción del Acta de Entrega – Recepción en señal de conformidad. Así, también, se le encarga la notificación de la presente resolución y su anexo al Sistema de Manejo RAEE «RECICLA PERU S.A.C.», en el plazo máximo de tres (03) días hábiles de emitida.
Artículo 4. Disponer que la Unidad de Abastecimiento a través del Equipo de Control Patrimonial notifique al Órgano de Control Institucional, en un plazo de tres (03) días hábiles, previos al acto de entrega de la donación, con la finalidad que pueda designar a un representante para que participe como veedor en el acto de entrega de la donación.
Artículo 5. Disponer que la Unidad de Abastecimiento, en el plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha en se suscribe el acta de entrega y recepción de los bienes RAEE donados, registre el número de resolución que aprueba la donación en el módulo de bienes muebles del SINABIP.
Artículo 6. Encargar a la Unidad de Abastecimiento a través del Equipo de Control Patrimonial que remita la presente resolución y su anexo a la Dirección General de Abastecimiento – DGA del Ministerio de Economía y Finanzas –MEF.
Artículo 7. Publicar la presente resolución y su anexo en el portal Institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).