Resolución de Gerencia General N.° 031-2024-COFOPRI/GG

22 de abril de 2024

Artículo 1. Declarar procedente la solicitud de defensa legal presentada mediante Carta S/N del 27 de marzo de 2024 (SIAE: 2024020561) recepcionada el 02 de abril de 2024, presentada por el servidor civil Carlos Alberto Arteaga Egusquiza, en su condición como Abogado en Formalización Individual de la Subdirección de Calificación de la Dirección de Formalización Individual del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución.

Artículo 2. Precisar que la defensa legal que se concede comprende a todas las etapas del proceso judicial sobre Omisión, Rehusamiento, Demora de Actos Funcionales y Otorgamiento Ilegítimos de Derechos, en agravio del Estado – COFOPRI del Expediente 00516-2023-28-2602-JR-PE-01, seguido en el Juzgado de Investigación Preparatoria Tránsito-Sede Zarumilla de la Corte Superior de Justicia de Tumbes.

Artículo 3. Disponer que la Oficina de Administración y la Unidad de Abastecimiento, conforme al ámbito de sus competencias adopten las acciones pertinentes para proceder con la contratación de la defensa legal, cuya solicitud ha sido aprobada en el artículo 1°; debiendo dar cumplimiento a la normatividad aplicable en materia de contrataciones del Estado y de ejecución de gasto, así como a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC “Reglas para acceder al beneficio de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2015-SERVIR-PE y modificatorias.

Artículo 4. Conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 92 y la Décima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y el artículo 91 del Reglamento General de la citada ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; compete a la Unidad de Recursos Humanos a través de la Secretaría Técnica de apoyo de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de COFOPRI, evaluar y determinar si la actuación del personal responsable de la Unidad de Recursos Humanos, en torno a la presunta demora en la derivación de la información relacionada con los puestos y funciones que desempeñaba el servidor civil Carlos Alberto Arteaga Egusquiza, configura responsabilidad administrativa.

Artículo 5. Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, notifique la presente resolución al servidor civil Carlos Alberto Arteaga Egusquiza, para su conocimiento y fines.

Artículo 6. Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo notifique la presente resolución a la Oficina de Administración y a la Unidad de Abastecimiento para su conocimiento y fines, acorde con lo regulado en la Directiva N° 004-215-SERVIR/GPGSC “Reglas para acceder al beneficio de defensa y asesoría de los servicios y ex servidores civiles”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2015-SERVIR-PE y modificatorias.

Articulo 7. Disponer que la Oficina de Sistemas realice las acciones correspondientes, a fin de que la presente resolución sea publicada en el Portal Institucional (www.gob.pe/cofopri).

Documentos

Vista preliminar de documento RGG Nº D000031-2024-GG

RGG Nº D000031-2024-GG

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