Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 125-2023-COFOPRI/TAP

13 de diciembre de 2023

Artículo 1°: Declarar FUNDADA la queja por defecto de tramitación que supone paralización, infracción o incumplimiento de plazos, presentada por DANIEL SABINO QUEVEDO TINCOPA, por los fundamentos expuesto en la presente resolución.
Artículo 2°: DISPONER que la Oficina Zonal Ayacucho una vez cumplido el plazo de notificación establecido por ley, proceda a remitir el expediente administrativo, conforme a lo dispuesto en el décimo primero considerando de la presente resolución.
Artículo 3°: REMITIR copia de los actuados y del presente pronunciamiento a la Secretaría Técnica de COFOPRI, para que proceda conforme a sus atribuciones, en atención a lo expuesto en el quinto considerando de la presente resolución.

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