Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 115-2023-COFOPRI/TAP

29 de noviembre de 2023

Artículo 1°: Declarar FUNDADA la queja formulada por LUPE HILDA CALDERON ESCALANTE, de conformidad con lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.
Artículo 2°: EXHORTAR a la Oficina Zonal de Puno a que cumpla con la tramitación del procedimiento sobre mejor derecho de posesión y la emisión de la resolución respectiva, a la mayor brevedad, al haber vencido el plazo legal establecido en nuestra normativa.
Artículo 3°: REMITIR copia de la presente resolución y del escrito de queja resolución a la Secretaría Técnica de COFOPRI, para las acciones que correspondan, de conformidad al sexto considerando de la presente resolución.

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