Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 114-2023-COFOPRI/DE
6 de setiembre de 2023
Artículo 1. Instaurar procedimiento administrativo disciplinario contra el señor Abdón Tomaylla Huarancca; en razón a los fundamentos desarrollados en el presente acto resolutivo, que materializan, a nivel indiciario, la falta disciplinaria que se encuentra tipificada en el literal q) del artículo 85° de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, que determina que es falta disciplinaria “Las demás que señale la Ley” concordado con el numeral 6 del artículo 7 de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública; siendo que de comprobarse ello, conllevaría la imposición de la sanción de suspensión sin goce de remuneraciones.
Artículo 2. Otorgar al señor Abdón Tomaylla Huarancca, cinco (05) días hábiles para la presentación de sus descargos y las pruebas que estime convenientes para su defensa.
Artículo 3. Encargar la Secretaría Técnica la notificación del presente acto resolutivo al señor Abdón Tomaylla Huarancca y sus antecedentes conformados por el Informe Nº D000113-2023-COFOPRI-ST y el Expediente N° 102-2022-PAD-ST.
Artículo 2. Otorgar al señor Abdón Tomaylla Huarancca, cinco (05) días hábiles para la presentación de sus descargos y las pruebas que estime convenientes para su defensa.
Artículo 3. Encargar la Secretaría Técnica la notificación del presente acto resolutivo al señor Abdón Tomaylla Huarancca y sus antecedentes conformados por el Informe Nº D000113-2023-COFOPRI-ST y el Expediente N° 102-2022-PAD-ST.