Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 086-2023-COFOPRI/TAP

20 de setiembre de 2023

Artículo 1º: Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuestos por TEODORA CANAL ACURIO VDA. DE ACURIO en el extremo que se ha inaplicado el artículo 16 del Reglamento del Título I de la Ley Nº 28687, no correspondiendo a este Colegiado emitir pronunciamiento sobre los demás extremos invocados por la recurrente, de acuerdo con lo expuesto en el trigésimo tercer considerando de la presente resolución.

Artículo 2º: Declarar NULA la Resolución de Jefatura N° 0028-2017-COFOPRI/OZCUS, emitida por la Oficina Zonal Cusco el 29 de marzo de 2017. En consecuencia, REPONER el presente procedimiento administrativo a la etapa de evaluación de la reclamación, a fin que la citada oficina zonal proceda conforme a lo dispuesto en el trigésimo considerando de la presente resolución.

Artículo 3º: DISPONER que se remita a Secretaría Técnica de COFOPRI, copia certificada de la presente resolución, de conformidad con lo expuesto en el sétimo considerando de la presente resolución, para los fines pertinentes.

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