Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 006-2023-COFOPRI/TAP

25 de enero de 2023

Artículo 1º.- Declarar FUNDADA la queja formulada por Nancy Huamán Bellota, en representación de sus señores padres GERARDO HUAMÁN CCORIMANYA y ANTONIA BELLOTA DE HUAMÁN, de acuerdo con lo expuesto en la presente resolución.

Artículo 2º.- DISPONER que la Oficina Zonal Lima Callao cumpla con tramitar el procedimiento administrativo integral de declaración de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio, tramitado bajo el Expediente Nº 004-2021-PAD-INT/OZLC.

Artículo 3º.- RECOMENDAR a la Oficina Zonal Lima Callao responder a la recurrente, de acuerdo al décimo considerando de la presente resolución.

Artículo 4º.- REMITIR al Secretario Técnico de COFOPRI copia del escrito de la presente queja y de la presente resolución, según lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución.

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