Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 012-2024-COFOPRI/DE
26 de enero de 2024
Artículo 1. RECTIFICAR con efecto retroactivo, el error material incurrido de manera involuntaria, contenido en el Artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 101-2008-COFOPRI/DE del 30 de junio del 2008, de acuerdo al siguiente detalle:
DICE:
“Artículo 1. Ampliar el ámbito geográfico de la Oficina Zonal de Ayacucho a los Distritos de Pichari, Quimbiri y en el Centro Poblado y Comunidad Campesina del Distrito de Vilcabamba de la Provincia de La Convención, Departamento de Cusco”.
DEBE DECIR:
“Artículo 1. Ampliar el ámbito geográfico de la Oficina Zonal de Ayacucho a los Distritos de Pichari, Kimbiri y en el Centro Poblado y Comunidad Campesina de Villa Virgen del Distrito de Vilcabamba de la Provincia de La Convención, Departamento de Cusco”.
Artículo 2. RATIFICAR los demás extremos de la Resolución Directoral Nº 101-2008-COFOPRI/DE del 30 de junio del 2008, dejando sin efecto los considerandos que se contrapongan a lo indicado en la presente resolución.
Artículo 3. RECONOCER los actos de formalización ejecutados por la Oficina Zonal Ayacucho y la Oficina Zonal Cusco con fecha posterior de la Resolución Directoral Nº 101-2008-COFOPRI/DE del 30 de junio del 2008.
Artículo 4. AMPLIAR la competencia geográfica de la jurisdicción de la Oficina Zonal Ayacucho a los distritos de Unión Ashaninka, Villa Kintiarina, Cielo Punco, Manintea, Inkawasi y Villa Virgen, ubicados en la provincia de La Convención, departamento de Cusco.
Artículo 5. Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo notifique la presente resolución a la Dirección de Formalización Integral, la Dirección de Formalización Individual, la Oficina de Coordinación Descentralizada, la Oficina Zonal Cusco y la Oficina Zonal Ayacucho, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 6. Disponer que la Oficina de Sistemas publique la presente resolución en el Portal Institucional de COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).
DICE:
“Artículo 1. Ampliar el ámbito geográfico de la Oficina Zonal de Ayacucho a los Distritos de Pichari, Quimbiri y en el Centro Poblado y Comunidad Campesina del Distrito de Vilcabamba de la Provincia de La Convención, Departamento de Cusco”.
DEBE DECIR:
“Artículo 1. Ampliar el ámbito geográfico de la Oficina Zonal de Ayacucho a los Distritos de Pichari, Kimbiri y en el Centro Poblado y Comunidad Campesina de Villa Virgen del Distrito de Vilcabamba de la Provincia de La Convención, Departamento de Cusco”.
Artículo 2. RATIFICAR los demás extremos de la Resolución Directoral Nº 101-2008-COFOPRI/DE del 30 de junio del 2008, dejando sin efecto los considerandos que se contrapongan a lo indicado en la presente resolución.
Artículo 3. RECONOCER los actos de formalización ejecutados por la Oficina Zonal Ayacucho y la Oficina Zonal Cusco con fecha posterior de la Resolución Directoral Nº 101-2008-COFOPRI/DE del 30 de junio del 2008.
Artículo 4. AMPLIAR la competencia geográfica de la jurisdicción de la Oficina Zonal Ayacucho a los distritos de Unión Ashaninka, Villa Kintiarina, Cielo Punco, Manintea, Inkawasi y Villa Virgen, ubicados en la provincia de La Convención, departamento de Cusco.
Artículo 5. Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo notifique la presente resolución a la Dirección de Formalización Integral, la Dirección de Formalización Individual, la Oficina de Coordinación Descentralizada, la Oficina Zonal Cusco y la Oficina Zonal Ayacucho, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 6. Disponer que la Oficina de Sistemas publique la presente resolución en el Portal Institucional de COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).