Resolución de Gerencia General N.° 045-2023-COFOPRI/GG
6 de agosto de 2023
Artículo 1. Declarar procedente la solicitud de defensa legal formulada por la señora Jackelin Elizabeth Panitz Zevallos, en su condición de ex servidora civil como Analista II de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, al haber sido comprendida en el proceso penal signado con el Exp. N° 03538-2021-6-1826-JR-PE-02 (Carpeta Fiscal N° 506015506-2020-41-0), seguida en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima - Segundo Despacho de Investigación, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Negociación Incompatible y Colusión Agravada, en agravio del Estado Peruano, para el ejercicio fiscal 2024, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.
Artículo 2. Precisar que la defensa legal que se concede comprende toda la etapa intermedia, y, de ser el caso, juzgamiento; que se sigue por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Negociación Incompatible y Colusión Agravada, en agravio del Estado Peruano, (Carpeta Fiscal N° 506015506-2020-41-0), conforme lo solicitado por la ex servidora Jackelin Elizabeth Panitz Zevallos, mediante Solicitud S/N (Nº Exp. SGD: 2023-0041508).
Artículo 3. Disponer que la Oficina de Administración y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus competencias, realicen las gestiones para la previsión presupuestaria correspondiente, relacionada a la solicitud de defensa legal aprobada en el artículo 1 de la presente resolución, a fin de que el mismo sea considerado en el ejercicio fiscal 2024, conforme lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.
Artículo 4. Disponer que la Oficina de Administración y la Unidad de Abastecimiento, en su oportunidad, y en el ámbito de sus competencias adopten las acciones pertinentes para proceder con la contratación de la defensa legal, cuya solicitud ha sido aprobada mediante el artículo 1 de la presente resolución; debiendo dar cumplimiento a la normatividad aplicable en materia de contrataciones del Estado y de ejecución de gasto, así como a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC “Reglas para acceder al beneficio de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2015-SERVIR-PE y modificatorias.
Artículo 5. Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, notifique la presente resolución a la señora Jackelin Elizabeth Panitz Zevallos, así como a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración y a la Unidad de Abastecimiento, para su conocimiento y acciones correspondientes.
Artículo 2. Precisar que la defensa legal que se concede comprende toda la etapa intermedia, y, de ser el caso, juzgamiento; que se sigue por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Negociación Incompatible y Colusión Agravada, en agravio del Estado Peruano, (Carpeta Fiscal N° 506015506-2020-41-0), conforme lo solicitado por la ex servidora Jackelin Elizabeth Panitz Zevallos, mediante Solicitud S/N (Nº Exp. SGD: 2023-0041508).
Artículo 3. Disponer que la Oficina de Administración y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus competencias, realicen las gestiones para la previsión presupuestaria correspondiente, relacionada a la solicitud de defensa legal aprobada en el artículo 1 de la presente resolución, a fin de que el mismo sea considerado en el ejercicio fiscal 2024, conforme lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.
Artículo 4. Disponer que la Oficina de Administración y la Unidad de Abastecimiento, en su oportunidad, y en el ámbito de sus competencias adopten las acciones pertinentes para proceder con la contratación de la defensa legal, cuya solicitud ha sido aprobada mediante el artículo 1 de la presente resolución; debiendo dar cumplimiento a la normatividad aplicable en materia de contrataciones del Estado y de ejecución de gasto, así como a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC “Reglas para acceder al beneficio de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2015-SERVIR-PE y modificatorias.
Artículo 5. Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, notifique la presente resolución a la señora Jackelin Elizabeth Panitz Zevallos, así como a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración y a la Unidad de Abastecimiento, para su conocimiento y acciones correspondientes.