Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 099-2023-COFOPRI/DE

25 de julio de 2023

Artículo 1. Declarar la nulidad de oficio del Título de Propiedad del Lote 5 de la Manzana 47 del Pueblo Tradicional Oyotun, ubicado en el distrito de Oyotun, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, emitido el 27 de noviembre del 2021 a favor de Wilfredo Uribe Hoyos con Partida NºP10091220 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo (SUNARP); debiendo retrotraerse el procedimiento de formalización hasta el momento de la calificación de la solicitud SIAE Nº 2019067005 del 30 de octubre del 2019, mediante la cual, la señora María Azucena Hoyos Becerra formuló oposición contra la titulación de Wilfredo Uribe Hoyos.

Artículo 2. Disponer que, compete a la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración a través de la Secretaría Técnica de apoyo de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de COFOPRI; precalificar respecto de la posible responsabilidad del personal que participó en la emisión del Título de Propiedad de “el predio”, de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo 92 y la Décima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y el artículo 91 del Reglamento General de la citada ley, aprobado por Decreto Supremo Nº040-2014-PCM.

Artículo 3. Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo notifique la presente Resolución a la Oficina Zonal Lambayeque, así como a las partes que forman parte del presente proceso.

Artículo 4. Disponer que la Oficina Zonal Lambayeque gestione la inscripción registral de la presente resolución.

Artículo 5. Disponer que la Oficina de Sistemas, publique la presente resolución directoral en el Portal Institucional del COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).
Vista preliminar de documento RD Nº D000099-2023-DE

RD Nº D000099-2023-DE

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