Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 162-2022-COFOPRI-TAP

16 de noviembre de 2022

Artículo 1. -Declarar INFUNDADA la apelación interpuesta por ABRAHAM MIGUEL Y FERMÍN JAIME CHINCHA CARRIÓN MATOS contra la Resolución Jefatural N° 070-2005-COFOPRI/CIUDAD 4 del 29 de noviembre del 2005, de conformidad con los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2. DECLARAR FUNDADA la apelación interpuesta por JORGE ANOTNIO ROMERO CADILLO contra la Resolución Jefatural N° 070-2005-COFOPRI/CIUDAD 4 del 29 de noviembre del 2005, de conformidad con los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 3. REVOCAR el Artículo Único de la Resolución Jefatural N° 070-2005-COFOPRI/CIUDAD 4 y reformándola DECLARAR el mejor derecho de posesión del Lote 4, Manzana H, Sector San Martín del Centro Poblado "Carhuaz" ubicado en el distrito y provincia de Carhuaz, departamento de Ancash, a favor de Jorge Antonio Romero Cadillo y DISPONER la emisión del título de propiedad a su favor, de conformidad con los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 4. REMITIR copia certificada de la presente resolución a la Procuraduría Pública de OCOFPIR, con objeto deponer en conocimiento al Órgano Jurisdiccional corresponde.

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