Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 159-2022-COFOPRI-TAP

16 de noviembre de 2022

Artículo 1. Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuestos por WALTER ASUNCION ANTONIO JIMENEZ en el extremo que se ha inaplicado el artículo 16 del Reglamento del Título I de la Ley N° 28687 y derecho de defensa, de acuerdo con lo expuesto en el vigésimo primer considerando de la presente.
Artículo 2. Declarar NULA la Resolución N° 025-2020-COFOPRI/OZAPUC emitida por la Oficina Zonal Apurímac el 04 de julio de 2020 emitida por la Oficina Zonal Apurímac el 27 de abril de 2020, en consecuencia, REPONER el presente procedimiento a la etapa de evaluación de la reclamación, a efectos que la Oficina Zonal Apurímac cumpla con realizar las acciones dispuestas en el vigésimo considerando de la presente resolución.
Artículo 3. EXHORTA a la Oficina Zonal Apurimác tener presente lo señalado en el vigésimo tercer considerando del presente pronunciamiento.
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