Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 089-2022-COFOPRI-TAP

23 de junio de 2022

Artículo 1. Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por CLAUDIA MUJICA JERI, en el extremo que la Oficina Zonal Cusco no ha evaluado sus documentos, siendo éste uno de los fundamentos de la nulidad de la recurrida, sin corresponder a este Tribunal emitir pronunciamiento por los demás argumentos expuestos por dicha recurrente, conforme lo señalado en el considerando 16 de la presente resolución.
Artículo 2. Declarar NULA la Resolución Jefatural N° 022-2019-COFOPRI/OZCUS emitida por la Oficina Zonal Cusco el 23 de agosto de 2019. En consecuencia, REPONER el presente procedimiento administrativo a la etapa de evaluación de la reclamación, a fin que la Oficina Zonal Cusco proceda conforme a lo dispuesto en el considerando 15 de la presente resolución.
Artículo 3.EXHORTAR a la Oficina Zonal Cusco a tener presente lo expuesto en el fundamento 17 del presente pronunciamiento.
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