Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 030-2022-COFOPRI-TAP
15 de febrero de 2022
Artículo 1. Declarar NULA la Resolución Jefatural N° 036-2010-COFOPRI/OZAPUC, emitida por la Oficina Aonal Apuríma el 19 de marzo de 2010, en consecuencia, REPONER el presente procedimiento a la etapa de evaluación de la reclamación, a efectos que la Oficina Zonal Apurímac cumpla con realizar las acciones dispuestas en el considerando 16 y de conformidad con las pautas expuestas en el mismo.
Artículo 2. Declarar INSUBSISTENTE el recurso de apelación interpuesta por ODON GERMAN ARESTEGUI SAUÑE
Artículo 3. REMITIR copia de la presente resolución al Secretario Técnico de COFOPRI de acuerdo a lo expuesto en el considerando 18 del presente pronunciamiento.
Artículo 2. Declarar INSUBSISTENTE el recurso de apelación interpuesta por ODON GERMAN ARESTEGUI SAUÑE
Artículo 3. REMITIR copia de la presente resolución al Secretario Técnico de COFOPRI de acuerdo a lo expuesto en el considerando 18 del presente pronunciamiento.