Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 088-2023-COFOPRI/DE
21 de junio de 2023
Artículo 1. Aprobar la modificación al Contrato N° 053-2022-COFOPRI/AS “Adquisición de Suministro de Combustible Diésel B5 S-50 para las unidades vehiculares de la Sede Lambayeque”, en lo que corresponde al segundo párrafo de la Cláusula Décima del Contrato, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “CLÁUSULA DÉCIMA: DEL SUMINISTRO (…) La(s) estación(es) de servicio de suministro de combustible deberá(n) ubicarse dentro de un radio de 05 Km con respecto a la ubicación de LA ENTIDAD que es en la Calle Leoncio Prado N° 1040, distrito de Chiclayo, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. La estación de servicio para los efectos del presente contrato se encuentra ubicada en la Av. Eufemio Lora y Lora N° 1390, Urb. Primavera, distrito y provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque. (…)”.
Artículo 2. Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, notifique la presente resolución directoral a la Oficina de Administración, a fin que formalice mediante Adenda, la modificación al Contrato N° 053-2022-COFOPRI/AS; y, a la Unidad de Abastecimiento, a fin que efectúe el registro de información correspondiente en el SEACE, así como otras acciones pertinentes, en el marco de sus competencias, destinadas al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 precedente.
Artículo 3. Disponer que la Oficina de Sistemas realice las acciones correspondientes a fin de que la presente resolución directoral sea publicada en el Portal Institucional del COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).
Artículo 2. Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, notifique la presente resolución directoral a la Oficina de Administración, a fin que formalice mediante Adenda, la modificación al Contrato N° 053-2022-COFOPRI/AS; y, a la Unidad de Abastecimiento, a fin que efectúe el registro de información correspondiente en el SEACE, así como otras acciones pertinentes, en el marco de sus competencias, destinadas al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 precedente.
Artículo 3. Disponer que la Oficina de Sistemas realice las acciones correspondientes a fin de que la presente resolución directoral sea publicada en el Portal Institucional del COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).