Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 090-2018-TAP
15 de marzo de 2018
ARTICULO 1: Declarar FUNDADA la queja interpuesta por Reymundo Rubén Condori Chaupi, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.
ARTICULO 2:DISPONER que la Oficina Zonal Arequipa, cumpla con calificar la Solicitud de Reclamación y, de ser el caso, tramitar el procedimiento administrativo de mejor derecho de posesión de conformidad con lo expuesto en décimo octavo y demás fundamentos de la presente resolución.
ARTICULO 2:DISPONER que la Oficina Zonal Arequipa, cumpla con calificar la Solicitud de Reclamación y, de ser el caso, tramitar el procedimiento administrativo de mejor derecho de posesión de conformidad con lo expuesto en décimo octavo y demás fundamentos de la presente resolución.