Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 083-2018-TAP

8 de marzo de 2018

ARTICULO 1: Declarar IMPROCEDENTE la queja por defectos de tramitación, formulado por Gerardo Montalvo Delgado, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

ARTICULO 2:REMITIR copias certificadas del escrito de queja y la presente resolución al Secretario Técnico, conforme lo señalado en el sexto considerando.
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