Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 081-2018-TAP
8 de marzo de 2018
ARTICULO 1: SUSPENDER el presente procedimiento de mejor derecho de posesión hasta que concluya el proceso judicial descrito en el décimo tercer considerando de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
ARTICULO 2: REMITIR copias certificadas de la presente a la 2° Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.
ARTICULO 2: REMITIR copias certificadas de la presente a la 2° Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.