Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 039-2018-TAP
8 de febrero de 2018
ARTICULO 1: ACEPTAR el desistimiento del recurso de apelación presentado por Tomas Víctor Enrique Marsano Della Rossa en presentación de la COMPAÑIA AGRICOLA LIMA MARSANO SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, contra la Resolución N° 617-2016-COFOPRI/OZLC emitida por la Oficina Zonal Lima Callao el 03 de octubre de 2016, en consecuencia, dicha resolución ha adquirido la calidad de cosa decidida.
ARTICULO 2:Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de informe oral presentada por los pobladores del "Centro Poblado Cercado de Puente Piedra - Sector 1", el 26 de octubre de 2017, de acuerdo con lo señalado en el octavo considerando de la presente resolución.
ARTICULO 2:Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de informe oral presentada por los pobladores del "Centro Poblado Cercado de Puente Piedra - Sector 1", el 26 de octubre de 2017, de acuerdo con lo señalado en el octavo considerando de la presente resolución.