Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 018-2018-TAP
17 de enero de 2018
ARTICULO 1:Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por GRACIELA BAZAN TENORIO VDA. DE ESPINO por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
ARTICULO 2:CONFIRMAR la Resolución Jefatural N° 343-2015-COFOPRI/OZLC emitida por la Oficina Zonal Lima-Callao el 30 de julio del 2015, e INTEGRARLA con arreglo a lo expuesto en el décimo cuarto considerando de la presente resolución.
ARTICULO 3:REMITIR copia de los actuados y del presente pronunciamiento a la Secretaria Técnica de COFOPRI, para que proceda conforme a sus atribuciones, conforme a lo expuesto en el décimo tercer considerando de la presente resolución.
ARTICULO 2:CONFIRMAR la Resolución Jefatural N° 343-2015-COFOPRI/OZLC emitida por la Oficina Zonal Lima-Callao el 30 de julio del 2015, e INTEGRARLA con arreglo a lo expuesto en el décimo cuarto considerando de la presente resolución.
ARTICULO 3:REMITIR copia de los actuados y del presente pronunciamiento a la Secretaria Técnica de COFOPRI, para que proceda conforme a sus atribuciones, conforme a lo expuesto en el décimo tercer considerando de la presente resolución.