Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 003-2018-TAP

4 de enero de 2018

ARTICULO 1:Declarar NULA la Resolución Jefatural N° 115-2016-COFOPRI/OZHUANUC emitida por la Oficina Zonal Huánuco el 05 de mayo de 2016; NULO todo lo actuado con posterioridad a la expedición del Título de Propiedad emitido el 08 de junio de 2007 respecto del Lote 2 de la Manzana G2 del Centro Poblado de Llata, ubicado en el distrito de Llata, provincia de Huamalies, departamento de Huánuco, inscrito en el Registro de Predios con el Código N° P39003223; e INSUBSISTENTE el recurso de apelación interpuesto por FELICITA CESPEDES DE FONSECA, por las consideraciones expuestas en la presente resolución.

ARTICULO 2:DISPONER que se remita a la Dirección Ejecutiva de COFOPRI copia de la presente resolución, a fin que de acuerdo con sus competencias disponga las acciones que considere pertinentes respecto del Título de Propiedad emitido a favor de Bernardo Colmenares Villajuan y Modesta Santillán Céspedes, conforme a lo expuesto en el décimo segundo fundamento de la presente resolución.
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