Resolución de Gerencia General N.° 058-2022-COFOPRI/GG
18 de noviembre de 2022
Artículo 1. Modificar los incisos d) y l) de los artículos 48° y 49° del Reglamento Interno de Servidores Civiles del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, respectivamente, aprobado mediante Resolución de Gerencia General N° D000088-2020-COFOPRI-GG, los cuales quedarán redactados en los siguientes términos:
Artículo 48°. - Obligaciones de los/as servidores/as civiles del COFOPRI (…)
d) Guardar reserva sobre los asuntos que conozca por razón de su trabajo, respetar los logos y signos distintivos de la entidad, comprometiéndose a su uso dentro de lo establecido internamente por la entidad; así como abstenerse de difundir sucesos o datos que conociese en el ejercicio de sus funciones.
Artículo 49°. - Prohibiciones de los/as servidores/as civiles del COFOPRI (…)
l) Extraer de los locales del COFOPRI, los bienes muebles o materiales de trabajo (equipos, papel, documentos, libros, Impresiones, CD, memorias y/o transferir archivos por correo electrónico institucional u otros medios), de forma física, virtual o digital, que le hayan sido confiados para la ejecución de sus labores y no cuente con la autorización respectiva, así como hacer uso del logo institucional en publicaciones y propagandas sin autorización expresa de la máxima autoridad administrativa de una entidad.
Artículo 2. Encargar a la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, la difusión de la modificación del Reglamento Interno de Servidores Civiles del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI.
Artículo 3. Encargar a la Oficina de Administración, a través de la unidad respectiva, continuar con el procedimiento para registrar el nuevo logo institucional ante los órganos competentes, de acuerdo a lo recomendado por la Oficina de Imagen Institucional, bajo responsabilidad.
Artículo 4.Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).
Artículo 48°. - Obligaciones de los/as servidores/as civiles del COFOPRI (…)
d) Guardar reserva sobre los asuntos que conozca por razón de su trabajo, respetar los logos y signos distintivos de la entidad, comprometiéndose a su uso dentro de lo establecido internamente por la entidad; así como abstenerse de difundir sucesos o datos que conociese en el ejercicio de sus funciones.
Artículo 49°. - Prohibiciones de los/as servidores/as civiles del COFOPRI (…)
l) Extraer de los locales del COFOPRI, los bienes muebles o materiales de trabajo (equipos, papel, documentos, libros, Impresiones, CD, memorias y/o transferir archivos por correo electrónico institucional u otros medios), de forma física, virtual o digital, que le hayan sido confiados para la ejecución de sus labores y no cuente con la autorización respectiva, así como hacer uso del logo institucional en publicaciones y propagandas sin autorización expresa de la máxima autoridad administrativa de una entidad.
Artículo 2. Encargar a la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, la difusión de la modificación del Reglamento Interno de Servidores Civiles del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI.
Artículo 3. Encargar a la Oficina de Administración, a través de la unidad respectiva, continuar con el procedimiento para registrar el nuevo logo institucional ante los órganos competentes, de acuerdo a lo recomendado por la Oficina de Imagen Institucional, bajo responsabilidad.
Artículo 4.Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI (www.gob.pe/cofopri).