Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 082-2019-COFOPRI/TAP

7 de marzo de 2019

ARTICULO 1: Declarar IMPROCEDENTE el escrito de queja por defectos de tramitación formulado por HERMÓGENES RIOS ESPINOZA por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

ARTICULO 2: REMITIR copia certificada de los actuados de la presente queja al Secretario Técnico de COFOPRI, a fin que proceda conforme a sus atribuciones, de acuerdo con lo señalado en el quinto considerando de la presente.

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