Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 073-2019-COFOPRI/TAP
7 de marzo de 2019
ARTICULO 1: Declarar IMPROCEDENTE la queja por defecto de tramitación formulada por EDUARDO HUACHACA CCAHUANA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
ARTICULO 2: REMITIR copia certificada de los actuados de la presente queja al Secretario Técnico de COFOPRI, a fin que proceda conforme a sus atribuciones, de acuerdo con lo señalado en el quinto considerando de la presente.
ARTICULO 2: REMITIR copia certificada de los actuados de la presente queja al Secretario Técnico de COFOPRI, a fin que proceda conforme a sus atribuciones, de acuerdo con lo señalado en el quinto considerando de la presente.