Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 064-2019-COFOPRI/TAP
21 de febrero de 2019
ARTICULO 1: Declarar IMPROCEDENTE la queja por defecto de tramitación formulada por EMILIANO MOYA LANDEO, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
ARTICULO 2: REMITIR copia certificada de los actuados de la presente queja al Secretario Técnico de COFOPRI, a fin que proceda conforme a sus atribuciones, de acuerdo con lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución.
ARTICULO 2: REMITIR copia certificada de los actuados de la presente queja al Secretario Técnico de COFOPRI, a fin que proceda conforme a sus atribuciones, de acuerdo con lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución.