Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 046-2019-COFOPRI/TAP
14 de febrero de 2019
ARTICULO 1: Declarar NULA la Resolución N° 625-2014-COFOPRI/OZLC emitida por la Oficina Zonal Lima-Callao el 30 de junio de 2014, debiendo REPONERSE el presente procedimiento a la etapa de calificación de los medios probatorios e inspección de oficio, correspondiendo a la Oficina Zonal Lima Callao efectuar las acciones señaladas e el vigésimo segundo considerandos de la presente resolución y ademas pertinentes.
ARTICULO 2:Declarar INSUBSISTENTE los escritos de apelación presentados por I)ALICIA OFELIA PAREDES CASTILLO E INOCENCIO ARSENIO PAREDES CASTILLO; II) PEDRO AUGUSTO LARA MEJIA, por derecho propio y en representación de MAXIMO LARA CAMPOS, VICTORIA LARA RUIZ DE SALDAÑA, ELSA LEONOR LARA RUIZ, MANUEL ALBERTO LARA RUIZ, RICARDO LARA RUIZ, III) MIUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC; y, IV) ALEJANDRO ENRIQUE LAU MALASQUEZ representando por Adelaida Mercedes Valle Alejos, por los fundamentos expuestos en la presente resolucion.
ARTICULO 2:Declarar INSUBSISTENTE los escritos de apelación presentados por I)ALICIA OFELIA PAREDES CASTILLO E INOCENCIO ARSENIO PAREDES CASTILLO; II) PEDRO AUGUSTO LARA MEJIA, por derecho propio y en representación de MAXIMO LARA CAMPOS, VICTORIA LARA RUIZ DE SALDAÑA, ELSA LEONOR LARA RUIZ, MANUEL ALBERTO LARA RUIZ, RICARDO LARA RUIZ, III) MIUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC; y, IV) ALEJANDRO ENRIQUE LAU MALASQUEZ representando por Adelaida Mercedes Valle Alejos, por los fundamentos expuestos en la presente resolucion.