Resolución del Tribunal Administrativo de la Propiedad N.° 034-2019-COFOPRI/TAP

14 de febrero de 2019

Artículo 1: Declarar IMPROCEDENTE la reclamación presentada por María lImán Ipanaqué, conforme lo expuesto en la presente resolución.

Artículo 2: Declarar NULA la Resolución Jefatural N° 077-2017-COFOPRI/OZPIU, emitida por la Oficina Zonal Piura el 29 de setiembre del 2017 y NULO el presente procedimiento de mejor derecho de posesión, respecto del lote del lote 3, manzana 97 del Centro Poblado Pueblo Nuevo de Colán, ubicado en el distrito de Colán, provincia de Paita, departamento de Piura, con excepción del Informe 017-2016-/MKSE, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Artículo 3: Declarar INSUBSISTENTES el recurso de apelación interpuesto por María Imán Ipanaqué y el recurso de apelación interpuesto por Otilio Imán Ipanaqué, Primitiva Otero de Reyes, María Cruz Imán de Ramos, Mercedes Imán Ipanaqué, Rosa Imán Ipanaqué, María Felicita Imán Ipanaqué, ambas contra la Resolución Jefatural N° 077-2017-COFOPRI/OZPIU, emitido por la Oficina Zonal Piura el 29 de setiembre del 2017, de conformidad a los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Artículo 4: DISPONER la emisión del Título de Saneamiento de Propiedad a favor de la Sucesion de Manuel Imán Lalupú, respecto del lote 3, manzana 97 del Centro Poblado Pueblo Nuevo de Colán, ubicado en el distrito de Colán, provincia de Paita, departamento de Piura.
Vista preliminar de documento Resolución N° 034-2019-TAP.pdf

Resolución N° 034-2019-TAP.pdf

PDF
4 MB